Estacionamiento para las entregas y recogidas del mobiliario

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¿Qué ocurre si no he previsto el estacionamiento?

Es imprescindible disponer de aparcamiento o, en su defecto, de zonas de carga y descarga habilitadas para que podamos realizar las entregas y recogidas del material contratado, ya que en caso contrario es posible que no se pueda entregar el mismo, siendo responsabilidad única del cliente y facturándose el servicio igualmente.

 

Excepcionalmente, si usted no ha previsto el estacionamiento y nuestro personal puede estacionar en doble fila o sobre la acera, realizaremos la descarga indicando esta circunstancia en el albarán y procederemos a bloquear de su fianza el importe de la posible sanción de tráfico durante 90 días. Pasado este plazo, si no hemos recibido ninguna sanción de tráfico, le será restituido el importe, en caso contrario le remitiremos copia de la sanción para su conocimiento y el importe retenido no le será devuelto.

 

Le recordamos que en caso de no contar con espacios habilitados para carga y descarga, puede solicitar una reserva de espacio temporal en el Ayuntamiento de la población donde usted tenga previsto realizar su evento.

 

Existen, en algunas ciudades, zonas de acceso restringido, para estos casos deberá comunicar el acceso de nuestros vehículos en el plazo y forma establecido por cada Ayuntamiento.

 

En caso de tener que acceder a dichas zonas, nuestro personal lo reflejará en su albarán y procederemos a bloquear de su fianza el importe de la posible sanción de tráfico durante 90 días o hasta que nos remita justificante de la comunicación de acceso de nuestros vehículos al Ayuntamiento en tiempo y forma reglamentarios.

 

En caso de no remitirnos dicha comunicación pasados los 90 días, si no hemos recibido ninguna sanción de tráfico, le será restituido el importe, en caso contrario le remitiremos copia de la sanción para su conocimiento y el importe retenido no le será devuelto.